Por María Elisa Ghea
La presidenta de la comisión de Educación de la Cámara baja, Adriana Puiggrós, presentó un proyecto de modificación de la Ley 23.737 de Régimen Penal de Estupefacientes. Entre otras finalidades, la iniciativa no sólo modifica artículos relacionados a la penalización por la tenencia de drogas para uso personal sino, además, crea mecanismos de prevención y atención para las personas que así lo soliciten, al incorporar estrategias de reducción de daños.
Puiggrós: “Hay que dar una respuesta en el área de salud y no penal”
La ley 23.737, que establece el Régimen Penal de Estupefacientes penaliza la tenencia de drogas, aún cuando por su escasa cantidad queda establecido que es para consumo personal. De esta manera, las personas que padecen una adicción a alguna sustancia, si quieren evitar la sanción que prevé la ley penal se someten de manera compulsiva a un tratamiento que no necesariamente concluirá con su recuperación pero, lo más probable, sí con su estigmatización.
Entre los fundamentos del proyecto de Adriana Puiggrós, se sostiene que “después de veinte años de su sanción, sus magros resultados en el campo del tratamiento de las adicciones tornan imperiosa su reformulación”. Más aún, señala, que tal cual está formulada socava los cimientos de la misma Constitución Nacional que en su artículo 19 sostiene que “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
En este particular el proyecto sostiene que para las problemáticas asociadas a las adicciones hay que dar una respuesta en el área de Salud y no Penal y es en este sentido que proponen diversas modificaciones en sus artículos.
Entre ellos la modificación del artículo 5 de la actual Ley, estableciendo en el caso del inciso a), “cuando por la escasa cantidad sembrada y cultivada, su carácter privado y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, el hecho no será punible”.
Para Puiggrós “el consumo de drogas engloba una realidad social compleja, y en el caso de tenencia de pequeñas cantidades para uso personal, debe tenerse en cuenta la terrible desproporcionalidad que implica la intervención de la Justicia Penal, cuando en realidad estamos ante un hecho que en el peor de los casos requiere de tratamiento médico y fundamentalmente de medidas de política social”, explica la legisladora.
Para el caso de las personas que fueren condenadas por cualquier delito y éstas padezcan de adicción a estupefacientes “tendrá derecho a acceder a un tratamiento adecuado, siempre que prestare consentimiento para ello. Este tratamiento se llevará a cabo en establecimientos adecuados que se encuentren dentro o fuera de las unidades del Servicio Penitenciario Federal o Provincial, los que estarán bajo conducción profesional reconocida y evaluada periódicamente, registrada oficialmente y con autorización de habilitación por la autoridad sanitaria nacional o provincial, y que el Juez determine como el más adecuado para cada caso particular, previo dictamen de peritos especialistas en la materia”.
La necesidad de la prevención y la atención
Para Puiggrós, y así está expresado en su proyecto de modificación, el problema a atender urgente no pasa por la judicialización de la tenencia de drogas para el consumo personal.
“Creemos que es importante introducir en el debate la necesidad de un Programa basado fundamentalmente en la prevención y la atención de las adicciones. En este sentido presentamos con el Diputado Leonardo Grosso un Proyecto de Ley que tiene como principal objetivo complementar la Ley de Salud Mental vigente desde hace un par de años”, cuenta Puiggrós.
“En vez de castigar a estas personas con todo el rigor de la ley penal, sostenemos que debemos brindarles un adecuado sistema de asistencia en el ámbito de la salud pública, que incorpore como herramienta el modelo de reducción de daños, promoviendo la reducción de riesgos para su salud individual y colectiva, mejorando así su calidad de vida” agrega Puiggrós.
El caso de las mujeres mulas
Distintas investigaciones permiten apreciar que el principal delito por el que se encuentran detenidas las mujeres en el ámbito del SPF es el de estupefacientes, y en las cárceles de la provincia de Buenos Aires comienza a advertirse un incremento en el mismo sentido. En el proyecto de modificación de la ley 23.737 bajo la creación de un nuevo artículo, el 29 quáter, toda una problemática cuyas víctimas son en su mayoría mujeres pobres y sus hijos.
El informe realizado por la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación en 2006 en dos unidades distintas, muestra que allí los porcentajes alcanzaban el 65 por ciento y el 72 por ciento, respectivamente; mientras que la mayoría de las detenidas por estos delitos son extranjeras.
Puiggrós explica que “si profundizamos en el perfil de estas personas, se puede advertir que, si bien la mayoría de éstas han participado en conductas vinculadas al tráfico de estupefacientes, lo hicieron como actores menores y llevadas por situaciones de vulnerabilidad, que en el caso de las mujeres aparecen acentuadas y, si son extranjeras, más aún”.
“De manera –agrega Puiggrós- podemos afirmar que las mujeres que se encuentran recluidas por conductas relacionadas con el tráfico de estupefacientes generalmente desempeñan roles de poca importancia en la cadena del tráfico ilícito de drogas, ya que son las encargadas de entregar las sustancias a los consumidores, o bien quienes transportan el estupefaciente escondido en su cuerpo o disimulado entre sus pertenencias, las “mulas”, asumiendo los papeles de mayor exposición, ya que son los eslabones visibles de la cadena y por ende con mayor riesgo de detección y aprehensión.
Por último Puiggrós destaca que “se criminaliza a estas mujeres bajo el argumento de que así se protege la salud pública y se combate al narcotráfico. La realidad es que la protección de la salud pública no se resuelve con el Código Penal y el negocio del narcotráfico no se perjudica en lo absoluto castigando a sus eslabones más débiles, que más bien deberíamos caracterizar como otras de sus víctimas. Por el contrario, el mercado ilícito de drogas hoy sigue más floreciente que nunca y las cárceles repletas de mujeres a las que se vulneran sus derechos humanos fundamentales, víctimas del hacinamiento y la exclusión”, concluye la diputada nacional.